, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 2, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al penado JHONNY CONCEPCION AZUAJE, venezolano, natural de Barquisimeto, Estado Lara, nació el día 08/12/1956, de 53 años de edad, de profesión u oficio: Tapicero, estado civil: casado, titular de la cédula de identidad N° V- 9.608.336, con ultimo domicilio en la Urbanización El Frió, vereda 24, Nº 05, Duaca, Estado Lara, por lo que habiendo cumplido la totalidad de la pena corporal que le fuera impuesta, se ORDENA SU LIBERTAD PLENA, QUE SE HARÀ EFECTIVA EL DÌA DOMINGO 24-01-2010, de conformidad con lo previsto en los artículos 105 del Código Penal en relación con el ordinal 1° del artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, y artículo 44.5. de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrense la.....