Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, en funciones de Juicio Nº 3, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: ABSUELVE a los ciudadanos JONATHAN JOSE YANEZ, por los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal, RAFAEL ANTONIO BASTIDAS GOYO, por el delito de COOPERADOR EN EL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el artículo 405 en concordancia con el artículo 83 del Código Penal, RAFAEL NACOR BASTIDAS ARRAIZ, JORDANYS ANTONIO PEREZ BASTIDAS y EFRAIN JOSE ESCALONA GOYO, por el delito de AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal, por los hechos que le imputara el Ministerio Público y que no quedaron demostrados en el debate probatorio y cuya autoría, por ende, no le puede ser atribuida, en consecuencia se le considera INOCENTES. Sentencia Absolutoria que .....