DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Justicia de Género, de Control, Audiencias y Medidas Nº 3, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: PRIMERO: Conforme a lo dispuesto en el ordinal 4 del artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal, SIN LUGAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano: MIGUEL ANGEL GRANADOS, identificado en autos, por el delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA previstos y sancionados en los artículo 39 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, que la solicitud de sobreseimiento no va acompañada de los elementos de convicción recabados durante la investigación, ya que los mismos son de importancia para este Tribunal. SEGUNDO: Ofíciese a la Fiscalía Superior a los fines de que ratifique o rectifique la petición fiscal de conformidad con el único aparte del artículo 305 del Códig.....