este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la presente demanda de DIVORCIO, instaurada por la ciudadana YELITZA NAILET SANCHEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.614.395, de este domicilio, asistida por el Abogado Luis Arturo Rivero Rivero, Inpreabogado N° 119.357, en contra del ciudadano GIBSON EFREN RODRIGUEZ RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-14.160.607, en virtud del incumplimiento a lo exigido en despacho saneador de fecha 25/07/2018 y 02/08/2018, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 340 numeral 5° del Código de Procedimiento Civil.