Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el 26 de enero de 2.010, el abogado MARITZA PARRA GONZALEZ, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil KOSAKA MOTORS, C.A., contra el auto dictado el 10 de diciembre de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que negó oír el recurso de apelación interpuesto el 07 de diciembre de 2009, contra el auto dictado en fecha 27 de octubre de 2009, en el expediente N° 21.837, contentivo del juicio por Cobro de Bolívares-Intimación, incoado por la sociedad de comercio AUTOAMBAS C.A., contra la sociedad mercantil KOSAKA MOTORS, C.A..
PUBLIQUESE y REGÍ.....