Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Quinto de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA EL CESE DE LA MEDIDA DE COERCIÓN PENAL impuesta al ciudadano DIXON RAFAEL SANGRONIS AGUERO, titular de la cédula de identidad N° 26.076.097, hijo de Milena Sangronis y José Altagracia Agüero, de estado civil soltero, de profesión u oficio agricultor, residenciado en Quibor, Avenida 12 entre 11 y Pedro León Torres, casa 30, quedando obligado a comparecer la fecha del juicio que está fijada para el día 20 de Abril de 2010, y las posteriores que puedan fijarse, conforme a lo establecido en el artículo 244 del Código Adjetivo Penal.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese a las Partes.-