En mérito de las anteriores consideraciones, las cuales se dan aquí íntegramente por reproducidas y, con basamento en las resultas de la audiencia de juicio aquí celebrada, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo-Sede Valencia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Parcialmente Con Lugar la demanda por Cumplimiento de Contrato, intentada por la ciudadana ISABEL GARCIA RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.421.199, en contra de los ciudadanos EDUARDO RAMOS ARAUJO, ALEJANDRA RAMOS CANO e ISABELA RAMOS venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de Identidad Nº 7.059.460, V.-19.919.461, 19.919.460 respectivamente y del joven adulto Cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Ni.....