DISPOSITIVA
En razón de lo anteriormente expuesto este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS, VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, solicitada por la Parte demandante; sobre el siguiente inmueble constituido por un una parcela de terreno distinguida con el N°12-18, del lote 12, de la Macro-Parcela VU-4 y la casa sobre ella construida, de la Urbanización Parque Residencial la Florida, Sector 2, Segunda etapa, Parroquia Miguel Peña, Municipio Valencia del estado Carabobo, con un área aproximada de CIENTO DIEZ METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS CENTIMETROS (110,36 mts2), cuyos linderos son NORTE: con parcela 11-3, del lote 11 en una línea recta de aproximadamente ocho metros con noventa centímetros (8,90 .....