DECISIÓN:
Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Quinto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1- IMPROCEDENTE, la solicitud de la Representación Judicial de la República Bolivariana de Venezuela en cuanto al levantamiento de la Medida de de Amparo Constitucional Cautelar de Suspensión de Efectos.
2- SE RATIFICA, el contenido de las Sentencias Interlocutorias Nos. 029/2022 y 045/2023, de fechas; diecinueve (19) de agosto del 2022 y cuatro (4) de julio de 2023, respectivamente, las cuales se mantienen.