este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Moran de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, y se condena al ciudadano JUAN CARLOS CORREA LUCENA, plenamente identificado en autos, a pagar las siguientes cantidades: PRIMERO: La cantidad de MIL SEISCIENTOS SESENTA DOLARES AMERICANOS (USD 1.660,00) monto del capital adeudado conforme consta en la Letra de Cambio. SEGUNDO: Los intereses de Mora derivados del monto adeudado en la cantidad de CINCUENTA Y CINCO DOLARES AMERICANOS (USD 55,33) CON TREINTA Y TRES CENTAVOS, calculados a la rata de un 5% anual. Y los que se sigan venciendo hasta el pago total de la Obligación. TERCERO: Las costas, costos y honorarios profesionales calculados en un 25 % derivados del valor de la demanda.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho a los 22 días del mes de feb.....