DISPOSITIVA
De seguido ESTE JUZGADO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA EN RESPONSABILIDAD PENAL SECCION ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE LA LEY, DECIDE: ÚNICO: Este tribunal observa, que en fecha 24/02/2006 se realizó la audiencia de presentación del Adolescente, donde se califico con lugar la flagrancia y que se siguiera la causa por vía del procedimiento abreviado imponiéndole al adolescente de las medidas cautelares prevista en el articulo 582 literales b, c y f de la LOPNNA; se deja constancia que en fecha 10/03/2006 se remite el asunto al Tribunal de Juicio; en fecha 20/03/2006 se fija Juicio oral para el día 29/03/2006, la fiscalia presenta la acusación el 24/03/2006, en fecha 29/03/2006 se difiere el juicio para el 02/05/2006 por cuánto la defensa requiere la presencia de la víctima para proponer un acuerdo conciliatorio fij.....