Por lo antes expuesto, esta Sala Ocho de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Area Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por los abogados Doris González Araujo, Andrés Alfredo Puga y Rommel Puga González, en su carácter de Defensores del acusado Freddy Alirio Bernal Rosales, en contra de la decisión dictada por la Juez Tercera de Primera Instancia en función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, en fecha 14 de marzo de 2006, mediante la cual admitió la acusación interpuesta por la ciudadana Janeth Rondón Escobar, en contra de su defendido.