DECISIÓN
Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones Sexto de Juicio en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se reforma el sitio de reclusión desde el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental (URIBANA), y se acuerda arresto Domiciliario de conformidad a lo establecido en el artículo 256 ordinal primero del Código Orgánico Procesal Penal, la cual deberán cumplir en su domicilio ubicado en la Vía a Aroa, Sector Limoncito, Las Pavas, vía principal, a 300 metros de la Escuela Rural Las Pavas, casa de color verde, sin cerca, Yaracuy, Estado Yaracuy, sitio en el cual deben cumplir la sentencia condenatoria dictada por este Tribunal. SEGUNDO: Se acuerda oficiar a la Directora de la Comandancia de la Policía del Estado Lara, a los fines de informarle sobre la medida acordada. TERCERO: Se acuerda oficiar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas solicitando realice el tr.....