V
DECISIÓN
En mérito de lo anterior, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por los ciudadanos Juan Jose de Dios González y Jesús Suarez Lima, titulares de la Cédula de Identidad Nº 6.558.711 y 6.260.748, respectivamente, actuando en representación de la Sociedad Civil Unión de Conductores Taxi TEL, con el carácter de Presidente y Vicepresidente, respectivamente, inscrita ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Chacao del Distrito Sucre del Estado Miranda, bajo el Nº 01, Tomo 40 del Protocolo 1ro, en fecha 16 de Agosto de 1999, cuyo domicilio de parada Terminal sobre la vía pública se encuentra ubicado en el sector denominado El Pedregal de la Urbanización La Castellana, en jurisdicción del Municipio Chacao, Distrito Sucre del Estado Miranda, asistidos por el abogado Carmine Smarrelli, i.....