La Corte declaró que es COMPETENTE para conocer de la apelación interpuesta contra la decisión dictada en fecha 23 de diciembre de 2009, por el Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante la cual declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta y SIN LUGAR la apelación interpuesta, y en consecuencia, CONFIRMA la referida sentencia.05