Por los razonamientos antes señalados, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada LIMELLY PIÑA, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil CASIOPEA C.A.; SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 23 de julio de 2014 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo; TERCERO: SIN LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil SERVICIOS y RESPUESTOS MOTOR`S CAR`S W C.A. en contra de la decisión dictada el 6 de mayo de 2014 por el Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San.....