En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto (6°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el ciudadano DAVID VELAZCO DUARTE, en su carácter de parte querellante, contra la decisión de fecha 17 de agosto de 2023, dictada por el Juzgado Décimo Primero (11°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: Se ratifica la sentencia in comento, la cual declaró Terminado el Proceso en la acción de amparo constitucional intentada por el citado ciudadano, contra la entidad de trabajo CENTRAL MADEIRENSE, C.A.; y, TERCERO: Se ordena la notificación de la presente sentencia a la Fiscalía General de la República, mediante oficio, el cual se acompañará de copia certificada de la.....