Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa y del Municipio Juan Vicente Campo Elías del Estado Trujillo, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Improcedente la solicitud de medidas cautelares de suspensión de los efectos del acto administrativo en Sesión Nº 000918-18, de fecha 15-03-2008, en deliberación de punto de cuenta Nº 20, mediante el cual acordó DECLARAR PROCEDENTEMENTE EL PROCEDIMIENTO DE TIERRAS OCIOSAS O DE USO NO CONFORME, INICIO DE PROCEDIMIENTO DE RESCATE Y ACUERDO DE MEDIDA CAUTELAR DE ASEGURAMIENTO DE LA TIERRA, sobre el lote de terreno denominado "LOS PALMARES", ubicado en el sector Los Bancos, parroquia Capital Papelón, Municipio Papelón del estado Portuguesa, con una superficie de DOSCIENTOS OCHENTA HECTÁREAS CON CINCO MIL NOVECIENTOS OCHENTA METROS CUADRADOS (280 has, con 5980 M2 ), cuyos linderos .....