/Este Tribunal de Control N° 8 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA contra el ciudadano: RAMON ANTONIO RODRIGUEZ PEREZ, ampliamente identificados en autos, por estar llenos los extremos de los artículos 250,251,252 y 253 del Código Orgánico Procesal Penal, por los delitos: HOMICIDIO CALIFICADO Y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 1° y 413 del Código Penal. Se acordó el Procedimiento Ordinario. Así se Decide. REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE. NOTIFIQUENSE A LAS PARTES. CUMPLASE