Visto el desistimiento del procedimiento con respecto a los Codemandados ciudadanos RAMONES TOVAR FRANCISCO JOSE, MEZA JOSE FRANCISCO ARCHILLA, CHACIN YUDEISI TAHELIS, PARRA MORALES DAVID ALEJANDRO, RAMONES TOVAR HEBER MEYLL, formulado por la parte actora, y en razón que el anterior desistimiento no es contrario a derecho ni vulnera normas de orden público, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO FORMULADO POR LA PARTE ACTORA, en los términos como consta en el escrito presentado en fecha 15 de enero del 2014, teniendo dicho desistimiento con efectos de COSA JUZGADA, y en consecuencia, se da por terminado el presente proceso con respecto a los ciudadanos RAMONES TOVAR FRANCISCO JOSE, MEZA JOSE FRANCISCO ARCHILLA, CHACIN YUDEISI TAHELIS, PARRA MORALES DAVID ALEJ.....