Este Tribunal Quinto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio, de los ciudadanos NELSON LUGO APONTE y BELKIS JOSEFINA BRACAMONTE DE LUGO, ya identificados suficientemente en autos, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que los unía desde el día sábado 16 de enero de 1.982, por ante la Prefectura del Distrito Carlos Arvelo del Estado Carabobo, hoy Registro Civil del Municipio Carlos Arvelo del Estado Carabobo, según consta en copia certificada de Acta de Matrimonio Nro. 04, Tomo I, Folio 5 al 6, año 1.982, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ante ese despacho. Así se Decide