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Decisiones del dia 23/02/2017

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : kP02-L-2015-00791 N° Sentencia : Fecha: 23/02/2017
Procedimiento:
Cobro De Prestaciones Sociales
Partes:
LILIA TERESA JIMENEZ CONTRA PELUQUERÍA UNISEX EL SANCH C.A. Y OTRAS
Resumen:
PRIMERO: IMROCEDENTE LA FALTA DE CUALIDAD PASIVA, alegada por la parte demandada. ASÍ SE DECIDE. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR las pretensiones de la parte actora ciudadana LILIA TERESA JIMENEZ en contra de la Sociedad Mercantil PELUQUERÍA UNISEX EL SANCH C.A., PELUQUERÍA UNISEX LE GRIFF C.A., y el ciudadano JOSÉ GREGORIO DÍAZ MARTÍNEZ. ASÍ SE DECIDE TERCERO: CON LUGAR la responsabilidad solidaria de la Sociedad Mercantil PELUQUERÍA UNISEX EL SANCH C.A., PELUQUERÍA UNISEX LE GRIFF C.A., y el ciudadano JOSÉ GREGORIO DÍAZ MARTÍNEZ. ASÍ SE DECIDE CUARTO: SIN LUGAR la responsabilidad solidaria de la sociedad mercantil CENTRO DE ESTÉTICA SANDRO C.A. ASÍ SE DECIDE QUINTO: En consecuencia se CONDENA a los codemandados PELUQUERÍA UNISEX EL SANCH C.A., PELUQUERÍA UNISEX LE GRIFF C.A., y ciudadano JOSÉ GREGORIO DÍAZ MARTÍNEZ, a pagar a la parte demandante lo siguiente: VACACIONES: SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SEIS BOLIVARES CON QUINCE CENTIMOS (Bs. 63.906,15) BONO VACACIO.....
Juez/Ponente:
Francisco Merlo
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
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N° Expediente : KP02-L-2013-000235 N° Sentencia : Fecha: 23/02/2017
Procedimiento:
Cobro De Pretaciones Sociales
Partes:
WILMER JOSE ALVARADO PERALTA Y OTROS CONTRA CONSTRUCTORA DEL ALBA BOLIVARIANA C.A.
Resumen:
PRIMERO: La demandada CONSTRUCTORA DEL ALBA BOLIVARIANA C.A., la cual tiene personalidad jurídica propia, no le son aplicables los privilegios establecidos actualmente en los artículos 80 y 88 (antes 66 y 74 y más recientemente 68 y 76) de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (Gaceta Oficial N° 6.220, Extraordinario del 15 de marzo de 2016), en consecuencia, constituye un acto irrito el haber aplicado tales privilegios como consecuencia de la incomparecencia de la referida persona jurídica a la instalación de la audiencia preliminar. SEGUNDO: La incomparecencia de la parte demandada a la instalación de la audiencia preliminar en el presente proceso, se produjo en el marco de una irrita notificación, pues en dicho acto procesal (de notificación), no se estableció expresa y claramente los lapsos procesales que permitieran determinar en forma segura e inequívoca el día y la hora fijado para la celebración de la audiencia preliminar. TERCERO: En consecuencia, .....
Juez/Ponente:
Francisco Merlo
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
arriba

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