En merito de lo anterior, éste Juzgado Superior Séptimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1. SE ADMITE, el recurso contencioso administrativo de nulidad suscrito los Abogados GUILLERMO CALDERON, MARIBEL CARNERO LOPEZ y KELLYS DAYANA LA ROSA SALCEDO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 7.675, 38.884 y 130.024, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la empresa MERCADOS DE ALIMENTOS C.A, interponen Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad, ejercido conjuntamente con Acción de Amparo Cautelar, contra la providencia Administrativa numero 697-2009 de fecha 10 de Diciembre de 2009 dictada por la Inspectoría del trabajo "Jose Rafael Núñez Tenorio" con Sede en Guatire mediante la cual declaro Con Lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos incoada por el ciudadano LUIS JAVIER GALEA, venezolano, mayor de edad y titular de la Cedula de id.....