En consecuencia este Juzgado deja constancia, que las pruebas traídas a los autos, surgen diversos elementos suficientes de los cuales se desprende que la ciudadana RAMONA LUZ MARIA RODRIGUEZ RODRIGUEZ antes identificada, nació en la Maternidad Concepción Palacios el día 26 de Agosto de 1982, a las 04:18 a.m., siendo hija de la ciudadana MIRIAM RODRIGUEZ ACOSTA y que la misma no fue presentada ante la Primera Autoridad Civil correspondiente y por razones ajenas a su voluntad no fue asentada su partida de nacimiento en los Libros de Registro Civil de nacimiento correspondientes, a los fines de la inscripción de su nacimiento. Y en vista que no compareció persona alguna que se crea con interés directo y manifiesto y que puedan ver afectados sus derechos y realizada la notificación al Fiscal del Ministerio Público, es por lo que este Juzgado deja constancia que se han cumplido, lo extremos del procedimiento de Inserción de Partida de Nacimiento establecido en el artículo 769 y siguientes .....