PRIMERO: Sin lugar la apelación de la parte actora, contra la decisión del Juzgado 35° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este mismo Circuito Judicial, de fecha 16 de febrero de 2012, que declaró desistido el procedimiento y terminado el proceso, la cual queda confirmada. SEGUNDO: Desistido el procedimiento y terminado el proceso, por reclamación de prestaciones sociales y demás crédito derivados de la prestación de servicios, que sigue: JACINTO JAVIER ROMERO VASQUEZ, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 6.221.880; contra la firma mercantil, de este domicilio, HIDRONEUMATICOS LA COLINA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 04 de septiembre de 2003, bajo el N° 2, tomo 119-A-Sgdo. No hay imposición en costas por cuanto no alcanza el salario señalado por el demandante a la cantidad a que se refiere el artículo 64 de la Ley O.....