Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción de Amparo Constitucional interpuesta por la ciudadana DAMELYS SACHENKA OCANDO DE VASQUEZ, plenamente identificada en el encabezamiento de la presente decisión, ejercida en contra de la ciudadana EDDY MAYELIN GUERRERO LA CRUZ, y en consecuencia, ordena la inmediata restitución de la situación jurídica infringida, y que se le permita a la accionante ejercer la plena posesión de la habitación Nº 04, ubicada en la Casa Nº 38, Calle Piedra Azul con Calle El Lirio, Parte Baja del Centro Vista Alegre, Urbanización El Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital.
De conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgáni.....