PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado GUILLERMO MALAVER CARABALLO, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil ASOCIACIÓN CIVIL MICROFIN AC. ENTE DE EJECUCIÓN (MICROFIN C.A.)., contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 05.10.2011, que declaró perimida la instancia.-
SEGUNDO: SE CONFIRMA la sentencia de fecha 05.10.2011, dictada por el Tribunal Décimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia se declara perimida la instancia.
TERCERO: Dada la naturaleza del presente juicio de conformidad con lo establecido en el artículo 282 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, Regístrese, notifíquese y déjese copia certificada de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.