1.- SE HOMOLOGA LA TRANSACCION LABORAL celebrada entre las partes, en el juicio que por motivo de ENFERMEDAD OCUPACIONAL, sigue el ciudadano EVER MANUEL SUÁREZ AGUDELO en contra de la entidad de trabajo ELECNOR DE VENEZUELA C.A. (ambas partes suficientemente identificadas) y en consecuencia, se le imparte el carácter de Cosa Juzgada, a dicho mecanismo de auto-composición procesal, en los términos explanados en la presente decisión.
2.- NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
3.- SE ORDENA que en auto por separado se de por terminado y se acuerde el archivo definitivo, verificado de actas que se haya efectuado el pago total de lo pactado.