DECISION
En consecuencia, de lo antes planteado, quien juzga procede a aclarar que lo correcto en la decisión es transcribir el nombre de la parte demandada como: ANTONIO JOSÈ DANZER SCHABUS." ASÍ SE ESTABLECE.
Téngase la presente aclaratoria como parte integrante de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 21 de julio de 2014.
Asimismo, Se ordena dejar copia certificada de sentencia y de la presente decisión en el copiador de sentencia de este Tribunal.
PUBLÍQUESE Y REGISTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala del Juzgado Superior Octavo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas a los veintitrés (23) días del mes de julio de dos mil catorce (2014). Años 204º de la Independencia y 155º de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO
MARISOL ALVARADO R.
EL SECRETARIO
JORGE A. FLORES P.
En esta misma fecha siendo las _____.....