Conforme a lo expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, Sede Valencia, Estado Carabobo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
1. CON LUGAR el recurso de nulidad (materia funcionarial) interpuesto por el abogado Oscar Enrique Baquero Cedeño, Inpreabogado N° 49.012, con carácter de apoderado judicial de los ciudadanos MIGUEL ÁNGEL ACOSTA GRANADO, RAMÓN ENRIQUE JAYARO OVIEDO Y PEDRO JUAN ALCIRA ALVARADO, Cédulas de identidad V-7.552.890, V-7.592.548 y V-7.068.070, respectivamente, contra la COMANDANCIA GENERAL DE LA POLICÍA DEL ESTADO YARACUY.
2. SE ORDENA la reincorporación de los querellantes, ciudadanos Miguel Ángel Acosta Granado, Ramón Enrique Jayaro Oviedo y Pedro Juan Alcira Alvarado, Cédulas de identidad V-7.552.890, V-7.592.548 y V-7.068.070, respectivamente, a los cargos de Cabo I, Distinguido y Distinguido, respect.....