V
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por los abogados NELSON GONZALEZ ULLOA y OMER IVAN MARTINEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 88.831 y 175.993, asistiendo en dicho acto al ciudadano LOGUIS LEE OLMOS CARVALLO, titular de la cedula de identidad Nº V- 18.368.070, contra el Acto Administrativo contenido en la Decisión Nº 035-14, emanada del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana de fecha 15 de enero de 2014.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en el despacho del Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con Sede en Caracas, en Caracas a los Veintitrés (23) días del mes de Septiembre de Dos Mil Catorce (2014).
EL JUEZ
Abg. JOSÈ VALENTIN TORRES R.
LA SECRETARIA
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