Ahora bien, la Conciliación como formula de solución anticipada, permite la concientización del adolescente del hecho que se atribuye imponiéndolo de una serie de obligaciones y así se evita que se lleven a Juicio asuntos de poca Trascendencia Procesal, por lo que considera este tribunal oida como han sido las partes, es procedente el presente acuerdo y así se estima.
En consecuencia este Tribunal , administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SUSPENDE EL PROCESO POR EL LAPSO DE SIETE ( 7) MESES E IMPONE A LOS ADOLESCENTES identidad omitida Y ANTONIO JOSÉ CABRERA SOTERANO, LAS SIGUIENTES OBLIGACIONES:
1)Residir en un lugar determinado con advertencia que cualquier cambio deberá informarlo al Tribunal
2)Obligación de someterse bajo el cuidado y vigilancia de su representantes legales.
3)Prohibición de salir de su residencia después de las 10 de la noche a menos que se halle con sus representantes legales
4)Continuar la esc.....