En fecha 23 de octubre de 2025, este juzgado ordenó lo siguiente: "(...) Precisado de lo anterior, este Juzgado observa que de la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente expediente, se desprende que este Juzgado en fecha 25 de septiembre de 2024, dictó Sentencia signado bajo el alfanumérico JS-JNPCARC2024-00048, el cual cumple con lo decidido por el Juzgado Nacional Primero Contencioso Administrativo de la Región Capital mediante Sentencia Nro. 2022-283 de fecha 06 de diciembre de 2022, el cual repuso la causa al estado de librar el cartel de emplazamiento, ahora bien, hasta la presente fecha ha transcurrido aproximadamente un (1) año y veintisiete (28) días, sin que la parte actora haya ejecutado algún acto de procedimiento a los fines de dar el impulso correspondiente, por lo que, este Juzgado de Sustanciación advierte una paralización que excede un (1) año. En consecuencia, se ORDENA remitir el expediente al Juzgado Nacional Primero de lo Contencioso Ad.....