Se dictó y se publicó decisión mediante la cual el Juzgado Nacional Primero declaró: 1. La PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL, LA EXTINCIÓN DEL PROCESO en el presente recurso de apelación. 2. FIRME la sentencia dictada en fecha 03 de abril de 2002, por el hoy Juzgado Superior Estadal Tercero Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital.