DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta SALA Nº 1 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: DECLARA INADMISIBLE el Recurso de Apelación intentado por el Abogado: FIDEL ALEJANDRO MONTAÑEZ PASTOR, contra la Sentencia de fecha 22 de Septiembre de 2.006, emanada del JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, mediante la cual se CONDENÓ a la Acusada: BETTY MARGARITA ÁVILA DE BADILLO a cumplir la pena de dos (2) años de presidio por haberla encontrado autora, culpable y responsable del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, vigente para la fecha cuando sucedieron los hechos; de conformidad con los artículos 435, 437 literal "b" y 453 del .....