En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda interpuesta por la ciudadana DELIA JOSEFINA BRITO, asistida por el Abogado WILFREDO CAPIELO, todos arriba identificados, por RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION.-