En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, 251 Parágrafo Primero y 252 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado, Ciudadano: 1- Luis Enrique Valera Luzardo, quien dijo ser venezolano, mayor de edad, concubino, Titular de la Cedula de Identidad Numero V- 6.329.050, nacido el día 14-07-1966, de 38 años de edad, de profesión u oficio comerciante, 6º Grado De Instrucción, residenciado en el Barrio El Carmen, Carrera 9 con Calle 1, Numero S/N, queda una Panadería propiedad del imputado, cuya denominación es nombre Nueve Pan 2000, Cerca del frigorífico La Entrada, Barquisimet.....