III
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Vigésimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede de Familia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los Ciudadanos JOSE JESUS VARGAS ZAMORA y VIRGINIA ALICIA GIL BERMUDEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédula de Identidad Nros° V-5.137.507 y V- 4.765.085, respectivamente.fundamentada en el artículo 185-A, del Código Civil en consecuencia, declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unió contraído en fecha 13 de Junio de 1.980, contrajeron matrimonio civil por ante el Juzgado Primero de Municipio del Distrito Sucre del Estado Miranda ( hoy Juzgado Décimo Noveno de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas) tal como se evidencia de acta de matrimonio N° 57,.....