Se declara INADMISIBLE la demanda interpuesta por el ciudadano TULIO WILFREDO HERMOSO CORDERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-7.557.803, debidamente asistido por el abogado Panhora Manzanilla Salina, inscrito en el Instituto de Previsión del Social del Abogado bajo el Nro. 203.740, con motivo de Partición y Liquidación de la Comunidad Conyugal.