Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la aportante SOCIEDAD MERCANTIL SEGUROS BANVALOR, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 14 de enero de 1992, bajo el Nº 36, Tomo Nº 15-A Sgdo, Aportante I.N.C.E. Nº 008846. En consecuencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA la Resolución Nº 210.100.679-276 de fecha 21 de agosto de 2007, emanada del Comité Ejecutivo del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) ahora Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES), en fecha 21 de agosto de 2007, que declaró inadmisible el Recurso.....