Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente querella funcionarial.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la Querella interpuesta por el ciudadano el ciudadano Dennys Rafael Fernández, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.716.493, asistido por la abogada Norelis Amargura Tineo, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 134.892, contra LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO ANDRÉS MATA DEL ESTADO SUCRE.