En mérito de lo anteriormente expuesto, la Juez Primera de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO de Amparo Constitucional instaurado por el ciudadano JEAN PAUL GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 13.136.302 contra ENERGIA ELECTRICA DE BARQUISIMETO ahora llamada CORPORACION ELECTRICA REGION LARA (CORPOELEC).
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza del fallo.