-IV-
DECISIÓN.
En mérito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: IMPROCEDENTE, la solicitud que por INTERDICCION CIVIL intentó el ciudadano FRANCISCO RAFAEL GUAIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.242.731, de este domicilio a favor del ciudadano HUMBERTO MARINO ROCHE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.799.828, de este domicilio. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara, con sede en Barquisimeto, a los Veinticuatro (24) de Abril del Año Dos Mil.....