La Corte declara Su COMPETENCIA para conocer del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fecha 4 de mayo de 2009, mediante la cual el Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, declaró Parcialmente Con Lugar la querella interpuesta; DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto y CONFIRMA el fallo dictado en fecha 4 de mayo de 2009, por el Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, una vez aplicada la consulta prevista en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela. 02