En atención a los señalamientos expuestos y de conformidad con los artículos 588 y 601 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Leydecreta las siguientes medida preventivas: PRIMERO: DECRETA MEDIDA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR sobre 1.-) Bien inmueble constituido por un lote de terreno y bienhechurías sobre este edificadas, con una superficie de MIL OCHENTA METROS CUADRADOS (1080,00 MTS2), ubicado en la calle Santa Bárbara entre calles Domingo Méndez y calle Miguel Bernal, Parroquia Cabudare, Municipio Palavecino de Estado Lara, alinderado de la siguiente manera: NORTE: en línea de 18,40 metros con la Familia Salcedo; SUR: en línea de 15,00mts con Calle Santa Barbara, que es su frente; ESTE: en línea de 61,90 sede de CAMPEOCOMPAL y OESTE: en línea de 62,40 metros c.....