En razón de lo expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley ADMITE de conformidad con lo previsto en el artículo 447.4 del Código Orgánico Procesal Penal, el recurso de apelación interpuesto el 29 de julio de 2010, por la abogada TIJUD NEGRON SOL, Defensora Pública Primera Penal de esta Circunscripción Judicial, en su condición de defensora del ciudadano ABRAHAM IBRAHIM NAZAL GARCIA, quien recurre conforme lo dispuesto en el artículo 447.4 del Código Orgánico Procesal Penal, contra la decisión dictada el 25 de julio de 2010 por el Juzgado Quincuagésimo Primero de Control de este Circuito Judicial Penal y fundamentada por auto separado en esa misma fecha, mediante la cual decretó la privación judicial preventiva de libertad al referido ciudadano, conforme a lo establecido en los artículos 250 numerales 1, 2 y 3; 251 numerales 2, 3 y parágrafo .....