CAPITULO III
DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y de conformidad con los Artículos 12, 242, y 243 del Código de Procedimiento Civil y 26 de la Constitución de la República, por autoridad de la ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación intentada por la parte demandada, ciudadana THOMAS EDUARDO PIEDRA FERNANDEZ, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área metropolitana de Caracas, de fecha 19.06.2013, que declaró la CONFESIÓN FICTA, y en consecuencia, CON LUGAR la demanda de DESALOJO incoada por el ciudadano XAVIER AGUERREVERE CHARR, en contra del ciudadano THOMAS EDUARDO PIEDRA FERNANDEZ.
SEGUNDO: CONFIRMA, la sentencia de fecha 19.06.2013, dictada por el Tribunal Décimo de Munici.....