Se consignó y publicó resolución declarando: 1.- SIN LUGAR la pretensión de nulidad interpuesta por la entidad de trabajo denominada "MUDANZAS INTERNACIONALES GLOBAL C.A." c/ el ACTO ADMINISTRATIVO DE FECHA 30/05/2012 (EXPEDIENTE 027/2012/01/02265) DICTADO POR LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, adscrita al Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social. 2.- Se condena en costas a la demandante por resultar totalmente vencida en este proceso.- 3.-Se deja constancia que el lapso (cinco días de despacho conforme al art. 87 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa) para ejercer recursos en contra de la presente decisión, comenzará a correr a partir del día -exclusive- en que conste en autos la certificación por Secretaría de haberse notificado a la demandante o desde el día en que ésta diligencie en el expediente. Líbrese boleta.-