Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO:PROCEDENTE la solicitud de tutela cautelar efectuada por la parte actora, ciudadano ARGIMIRO URBANEJA BLANCO, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES incoara en contra del ciudadano GILBERTO URÓN ROMERO, ambos identificados al inicio del presente fallo, en consecuencia, se decreta MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVARsobre el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del bien pro indiviso correspondiente a la cuota parte del hoy demandado, constituido por un inmueble constituido por:
Apartamento distinguido con el Nº 8.1, Piso 8, el cual forma parte del Edificio "Residencias Antullanca", construido sobre la parcela Nro. 175, ubicada frente a la Urbanización Lomas de Prados del Este en jurisdicción de la Parroquia y Municipio Baruta del Estado Miranda, identi.....