Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la CONVERSION DEL RESTO DE LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR EN CONFINAMIENTO al ciudadano TRIUNFO BECERRA SUAREZ, Cédula de Identidad N° 7.428.150, hasta el 18/05/2009, en virtud de haber cumplido en su totalidad las tres cuartas (3/4) partes de la pena de Dieciocho Años de Presidio, que le fuera impuesta por la comisión del delito de Homicidio Calificado, todo de conformidad a lo que se contrae el artículo 52 del Código Penal, el cual lo cumplirá en la Carrera 07, Carrera 07, callejón 1 y 2, Barrio La Cancha, casa N° 26, familia Castillo Yaritagua Estado Yaracuy. Líbrese la correspondiente boleta de excarcelación anexa a oficio dirigido al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara y Oficio al Prefecto del Municipio Peña Estado Yaracuy. .....